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Autorización de residencia de larga duración (P-46)
Información del Procedimiento P-46

 

Deben solicitarla los extranjeros que hayan residido en España legalmente y de forma continuada durante cinco años y quieran seguir residiendo en España.

 

También pueden solicitarla los extranjeros que se encuentren en alguno de los demás casos que se recogen el artículo 148 del Reglamento

 

La autorización de residencia de larga duración autoriza a residir y a trabajar en España indefinidamente y en igualdad de condiciones que los españoles.