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Autorización de residencia temporal y trabajo por circunstancias excepcionales. (Mujeres extranjeras víctimas de violencia de género o de violencia sexual y para sus hijos menores de edad) (P-42)
Información del Procedimiento P-42

 

Deben solicitarla las extranjeras víctimas de violencia de género o de violencia sexual y que quieran que se les autorice a residir temporalmente y trabajar en España en cualquier actividad por cuenta propia o por cuenta ajena.

 

En el caso de que la solicitante tenga en España y en el momento de la denuncia, hijos menores de edad o mayores que tengan una discapacidad y no estén objetivamente capacitados para proveer sus necesidades, también podrá solicitar una autorización para sus hijos. La solicitud para los hijos puede presentarse a la vez que la de la madre o en cualquier otro momento posterior a lo largo del proceso penal.

 

La concesión de la autorización de los hijos, también les autorizará a trabajar si se encuentran en edad laboral.

 

ATENCIÓN: Para presentar solicitudes de este tipo de autorización, de manera presencial en las dependencias de las Oficinas de Extranjería, es obligado obtener una cita previa por cada persona que vaya a solicitarla. Consulte cómo hacerlo pinchando en PETICIÓN DE CITA PREVIA.

 

Las solicitudes también pueden presentarse TELEMÁTICAMENTE