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Autorización de residencia del hijo de residente legal nacido en España (P-58)
Información del Procedimiento P-58

 

ATENCIÓN: Para presentar solicitudes de este tipo de autorización, de manera presencial en las dependencias de las Oficinas de Extranjería, es obligado obtener una cita previa. Consulte cómo hacerlo pinchando en PETICIÓN DE CITA PREVIA.

 

Las solicitudes también pueden presentarse TELEMÁTICAMENTE

 

Este trámite está indicado para que el extranjero que sea residente legal en España solicite, por primera vez, la autorización de residencia para sus hijos extranjeros que hayan nacido en España.

 

La autorización de residencia concedida permitirá trabajar, sin ningún trámite administrativo, cuando el menor alcance la edad laboral.